El Ministerio Público propició la condena de 2 años de prisión y 4 años con suspensión a prueba de la ejecución de la condena a un hombre, identificado con las iniciales O.J.V.B., quien fue hallado culpable por incumplimiento del deber legal alimentario. La sentencia condenatoria se dio a conocer durante un juicio oral y público llevado a cabo este 22 de junio en la sede del Poder Judicial de Ciudad del Este.
La fiscal Liliana Denice Duarte presentó pruebas documentales y testificales contra el acusado, elementos que fueron considerados por los magistrados Zunilda Martínez, Marino Méndez y Herminio Montiel, integrantes del Tribunal Colegiado de Sentencia, para dictar el fallo.
Los antecedentes se remontan al 11 de noviembre de 2015, oportunidad en que el Juzgado de la Niñez y Adolescencia dictó la sentencia definitiva número 10, por la cual obligaba al encausado a depositar mensualmente la suma de 600 mil guaraníes en una cuenta judicial del Nacional de Fomento (BNF), a favor de sus dos hijos menores. Sin embargo, conforme al informe de la entidad bancaria, el hombre no cumplía lo dispuesto en la resolución judicial.
A raíz de esta situación, la madre de los niños, identificada con las iniciales N.L., radicó la denuncia en la Fiscalía, que inició un proceso penal en contra de O.J.V.B., quien ahora fue condenado por el Órgano Judicial.