Las magistradas Graciela Ortiz, Norma Girala y Lilian Benítez condenaron a Francisco Adalberto Genott Scappini a la pena privativa de libertad de 5 años por los hechos punibles de tentativa de homicidio y portación ilegal de armas. La fiscalía representada por Lolia Zunilda Martínez sostuvo la acusación de los hechos ocurridos el 19 de setiembre de 2015 en el asentamiento Guaraní, km. 9 Monday de Presidente Franco.
La víctima fue Basilides Samudio Lezcano quien recibió un disparo de escopeta calibre 32 en el pecho, luego de una discusión por cuestiones políticas y religiosas, con ingesta de alcohol de por medio. El hombre fue llevado al pabellón de traumas del hospital de Ciudad del Este.
De acuerdo al relato en el juicio oral, al momento del procedimiento que mereció la intervención de agentes policiales, Genott intentó huir luego de herir a su vecino, pero fue detenido con ayuda de otros moradores. En la época, él era el presidente de la comisión vecinal del asentamiento Guaraní.
Para el Tribunal, hubo excitación emotiva, atendiendo a los antecedentes de Genott con Samudio y la acción previa que se dio a los disparos, como la discusión y los reclamos por la ingesta de bebidas y la música a alto volumen. Por ello, resolvieron aplicar 5 años de condena, pero sin el levantamiento de sus medidas alternativas a la prisión.