María del Carmen Keim, confirmó a Radio Concierto, que accionará penalmente contra los responsables del saqueo del panteón donde descansaba el cuerpo de su padre, en el cementerio municipal de Presidente Franco. Hasta ahora, no le dieron una solución ante la atroz acción, e incluso no se ha comunicado con ella ninguna autoridad municipal.
“Voy a accionar ante el Ministerio Público, no puedo dejar así, es mi padre, él ya no tiene voz, ahora yo soy su voz”, dijo indignada la mujer.
En otro momento, indicó que buscará que al responsable le caiga todo el peso de la Ley. “Así únicamente van a aprender”, expresó.
“Yo estaba pagando algo por lo que la municipalidad me da un recibo legal. Eso no se hace”, fustigó la afectada.
¿Qué dice el Código Penal?
CAPITULO II HECHOS PUNIBLES CONTRA LA PAZ DE LOS DIFUNTOS
Artículo 231.- Perturbación de la paz de los difuntos
1º El que sustrajera un cadáver, partes del mismo o sus cenizas de la custodia de la persona encargada, será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años o con multa.
2º El que practicara actos ultrajantes a un cadáver o a una tumba, será castigado con pena privativa de libertad de hasta dos años o con multa.
3º Cuando, en los casos señalados en los incisos anteriores, el autor actuara con intención de lograr un beneficio patrimonial para sí o para otro, la pena podrá ser aumentada hasta cinco años.
4º En estos casos, será castigada también la tentativa.