La Dra. Karina Rejala hizo estas afirmaciones durante una entrevista en Radio Concierto, ya que, a pesar de existir una acusación fiscal por ESTAFA contra miembros de esa multinacional, ni siquiera pudieron ir a audiencia preliminar, donde un juez debe elevar la causa a juicio oral y público.
Estamos hablando de la causa caratulada “Celio Ramón Ortiz Gullón y Otros por Estafa”, N° 7835/2022, donde la defensa de estas personas abusó de las chicanas para evitar el diligenciamiento de las pruebas, desde la imputación hasta ahora. Todas sus chicanas sin embargo fueron rechazadas por la Cámara de Apelaciones, y es el momento en que de nueva está fijada una fecha para la audiencia preliminar: el 25 de marzo.
La profesional es dueña de una empresa “La Paraguaya SA”, y la causa es por ESTAFA, en un caso contra miembros de la multinacional CARGILL SACI, con base en Minga Guazú. La denuncia ya fue realizada hace tres años, y habla de una estafa que está por encima de 600.000 dólares americanos, que involucra además a una empresa denominada “AGAPE AGROGANADERA SA”, que habría recibido 2.000.000 de dólares de CARGILL, pero no pagó a sus proveedores.
La abogada Karina Rejala explicó en su momento que su empresa tenía un mandato para entregar 3.000 toneladas de soja a CARGILL, a través de la empresa ÁGAPE. En este último caso, “La Paraguaya SA” cumplió con este mandato, pero hasta ahora no percibió el dinero que le corresponde, pero sí fue recibido por la empresa intermediaria, que es AGAPE, según los términos de la denuncia.
La acusación fue presentada por el Ministerio Público el 17 de setiembre de 2024, y desde entonces los acusados “se turnan” para chicanear y evitar la audiencia preliminar. En total son 16 apelaciones rechazadas con costas, y hace una semana la denunciante presentó un recurso ante la Superintendencia de Justicia de la Corte Suprema de Justicia, para que los abogados chicaneros sean sancionados.
“Sabemos que estamos luchando contra un monstruo”, afirmó la profesional, al tiempo de recordar que el 17 febrero se volvió a suspender la audiencia porque le han cambiado a la fiscal acusadora, y la actual, Dominica Zayas, ya adelantó que su postura podría diferir con su colega que presentó la acusación, lo cual no está previsto en el Código Procesal Penal. Ahora esperan la realización de la audiencia preliminar el 27 de este mes.
El fiscal antidrogas de Alto Paraná, Elvio Aguilera, logró durante un juicio oral y público la condena a 7 años y 6 meses de prisión para Hipólita Penayo Mendieta (75 años) y a 5 años de cárcel para Isabel Santacruz Villalba (26 años). Ambas fueron encontradas culpables de la comisión de los hechos punibles de posesión y comercialización de sustancias estupefacientes.
El Ministerio Público logró probar que las acusadas tuvieron participación en la tenencia y venta al menudeo de cocaína, tipo crack, en un hecho registrado en el barrio Santo Domingo de la ciudad de Hernandarias. Los antecedentes del caso señalan que las acusadas fueron detenidas durante un procedimiento llevado a cabo el 18 de abril de 2024, a las 15:50 horas, ocasión en que Penayo Mendieta fue detenida con 16,44 gramos de cocaína, tipo crack y Santacruz Villalba tenía en su poder 37,09 gramos de la misma sustancia.
Las dos mujeres fueron detenidas por los agentes antidrogas con bolsitas de polietileno que contenían las sustancias prohibidas, listas para su venta, en momentos en que estaban frente a su vivienda. Penayo Mendieta tenía 43 dosis de la sustancia en una cartera, en tanto que, Santacruz Villalba tenía 148 dosis de cocaína, tipo crack, en una cartera que estaba en el carrito de su bebé.
El Tribunal de Sentencia integrado por los magistrados Gloria Vera, Margarita Martínez y Diego Duarte luego de analizar las pruebas presentadas por el Ministerio Público resolvió condenar a las dos acusadas luego de encontrarlas culpables de tenencia y comercialización de drogas.
El fiscal Alcides Giménez Zorrilla imputó a un joven que habría asesinado a tiros a un hombre y baleado a otras cuatro personas durante un incidente producido en el interior de una discoteca en una zona periférica de Ciudad del Este. El procesado está identificado como Rodrigo Fabián Silva Argüello (21), quien enfrenta cargos por homicidio doloso y homicidio doloso en grado de tentativa.
El crimen ocurrió este 30 de marzo, alrededor de las 05:00 horas, en el local denominado “Sheraton Beer Karaoke Pub”, ubicado en la calle Andrés Rojas y Calle 15, barrio San Antonio de la capital del Alto Paraná. La víctima fatal fue identificada como Marcos Antonio Benítez Pérez (27), mientras resultaron heridos María Manuela González Duarte (31), Baciano Iván Miranda Herrera (30), Osmar Darío González Báez (29) y Denis Daniel Insfrán Matías (18).
Según la investigación, previo al ataque, varias personas se encontraban compartiendo al ritmo de la música en el lugar, hasta que en cierto momento, Silva Argüello desenfundó un arma de fuego, presumiblemente pistola 9mm, y realizó varios disparos. Uno de los proyectiles impactó en Marcos Antonio, a la altura de la cadera y en la zona inguinal, quien cayó al suelo gravemente herido. Asimismo, las otras cuatro personas fueron alcanzadas por las balas.
Seguidamente, la comisaría 4ª jurisdiccional fue alertada sobre la balacera. Los agentes del orden acudieron inmediatamente al lugar y trasladaron a Marcos Benítez al Pabellón de Emergencias Médicas del Hospital Regional de Ciudad del Este, donde finalmente se produjo su deceso. La causa de su muerte fue por “shock hipovolémico por herida de arma de fuego”, según el diagnóstico del médico forense, Dr. Hugo Céspedes.
Mientras, las demás personas heridas fueron ayudadas y trasladadas por terceros también al mismo centro asistencial, donde quedaron para recibir atención médica. Entre tanto, el presunto autor del hecho se dio a la fuga. Sin embargo, posteriormente fue detenido y quedó a disposición del Ministerio Público.
Finalmente, tras reunir diversos elementos incriminatorios, el fiscal Alcides Giménez decidió imputar a Rodrigo Fabián Silva Argüello por homicidio doloso y tentativa de homicidio doloso, solicitando como medida cautelar su prisión preventiva. El imputado se encuentra recluido provisoriamente en sede de la Dirección de Policía de Alto Paraná.
La fiscal Beatriz Adorno, titular de la Unidad Penal n.º 2 de Hernandarias, representó al Ministerio Público en un juicio oral y obtuvo una condena de 15 años de pena privativa de libertad para un hombre por el abuso sexual de niño de 12 años de edad. El debate concluyó ayer viernes en el Palacio de Justicia de Ciudad del Este, luego de varias deliberaciones.
El condenado de 37 años de edad, fue hallado culpable de abuso sexual en niños. Durante el juicio, la representación pública presentó numerosas pruebas documentales, testimoniales y periciales que demostraron la culpabilidad del acusado. En consecuencia, el Tribunal de Sentencia, presidido por Gloria Vera y conformado por Margarita Martínez y Diego Duarte, emitió el veredicto.
Según los antecedentes, la agresión sexual se produjo el 22 de marzo de 2024, entre las 19:00 y las 20:00 horas, en una vivienda ubicada en Hernandarias. En esa ocasión, la víctima se encontraba en compañía de sus hermanas y otros niños jugando en la calle frente a la vivienda del agresor, quien también estaba con ellos.
En un momento dado, el hombre dijo que se sentía mal, ingresó a su casa y fue a su habitación con la supuesta intención de descansar. Mientras tanto, el niño entró junto a él para preguntar qué le pasaba, circunstancia que aprovechó para consumar el abuso sexual. Tras ello, amenazó al niño con matar a su padre y hermanas si contaba lo sucedido.El hecho salió a la luz porque las sobrinas del agresor presenciaron el abuso a través de una rendija de la pared, pero por temor a su tío no hicieron nada para impedirlo, ya que el hombre era agresivo. Una de las testigos contó sobre la agresión por mensaje a la hermana de la víctima y esta alertó a su papá, quien indagó a su hijo y, tras confirmar el abuso, inmediatamente realizó la denuncia en la comisaría 5ta, y el autor fue detenido a la 01:30 horas del 23 de marzo de 2024.
La Fiscalía, tras reunir pruebas contundentes como la inspección médico forense y la evaluación psicológica, procedió a imputar al hombre quien finalmente fue condenado a 15 años de prisión.