En el corazón del sistema logístico del país, el Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi volvió a convertirse en escenario de una investigación que refleja una de las luchas más complejas del Estado paraguayo: la batalla contra el contrabando y la evasión de tributos aduaneros. Un entramado de resoluciones administrativas, recursos legales y actuaciones del Ministerio Público revela cómo distintas instituciones del sistema de control estatal intentan cerrar el paso a irregularidades que afectan directamente a la recaudación fiscal y al comercio formal.
Todo comenzó con una denuncia presentada ante la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), en la que funcionarios aduaneros detectaron supuestas irregularidades en el sistema de transmisión electrónica de guías aéreas utilizadas por una empresa de remesas. Según los informes técnicos, varias de esas guías figuraban en el sistema sin el correspondiente cierre de ingreso a depósito aduanero, un procedimiento obligatorio que permite verificar que la mercancía ingresada al país sea sometida a los controles y tributos correspondientes. La sospecha técnica era clara: mercancías que habrían ingresado al territorio nacional sin completar el circuito aduanero formal.
A partir de estos indicios, el Administrador de la Aduana del Aeropuerto Silvio Pettirossi dictó la Resolución N.º 50 del 2 de noviembre de 2020, mediante la cual calificó el hecho denunciado como infracción aduanera de contrabando, atribuyendo responsabilidad a la firma Compañía Panamericana de Servicios S.A. La resolución se apoyó en informes técnicos y en el análisis de las transmisiones electrónicas del sistema aduanero, concluyendo que existían guías aéreas pendientes de cancelación y sin registro de ingreso a depósito, lo que configuraría una violación a las normas del Código Aduanero Paraguayo (Ley N.º 2422/04).
La empresa afectada recurrió la decisión administrativa. Su defensa planteó ante la Dirección Nacional de Aduanas que la resolución carecía de fundamentación suficiente, señalando que el acto administrativo no individualizaba correctamente las operaciones ni evaluaba adecuadamente los elementos técnicos vinculados al sistema de remesas expresas. El caso pasó entonces a la instancia de revisión administrativa superior.
El 5 de abril de 2021, la Dirección Nacional de Aduanas emitió la Resolución D.N.A. N.º 346, resolviendo rechazar el recurso de apelación y confirmar íntegramente la resolución original. En su análisis, la autoridad aduanera sostuvo que las irregularidades detectadas constituían efectivamente una infracción aduanera de contrabando, al tratarse de mercaderías ingresadas al territorio aduanero sin el cumplimiento de los requisitos formales y tributarios exigidos por la normativa vigente.
El informe técnico de Aduanas estimó que el valor de las mercancías involucradas ascendía a aproximadamente 1.844.030 dólares, lo que llevó a aplicar la sanción prevista por el Código Aduanero: una multa equivalente al doble del valor de las mercancías no regularizadas. El monto final de la sanción administrativa alcanzó 3.688.060 dólares, reflejando la magnitud económica de la operación investigada.
Sin embargo, el caso no quedó únicamente en el ámbito administrativo. La información del sumario aduanero fue remitida al Ministerio Público, que inició una investigación penal paralela. En febrero de 2026, la Fiscalía de la Unidad Penal N.º 8 de Luque, a cargo de la agente fiscal Sophia Anatolia Galeano Gavilán, formuló imputación penal contra Juan Carlos Plate Ferreira, a quien se atribuye participación en el supuesto esquema de ingreso irregular de mercancías al país.
La imputación sostiene que, entre noviembre de 2020 y diciembre de 2025, se habrían introducido mercancías al territorio nacional a través de operaciones de remesas sin completar los procedimientos aduaneros correspondientes. La Fiscalía fundamenta su actuación en el artículo 336 del Código Aduanero, modificado por la Ley N.º 6417/19, que tipifica el contrabando como hecho punible cuando se ingresan mercancías al país eludiendo los controles o formalidades legales.
Como parte del proceso penal, el Ministerio Público convocó al imputado a una audiencia de declaración indagatoria fijada para el 6 de marzo de 2026, en la sede de la Fiscalía de Luque. En esa instancia, el investigado deberá comparecer acompañado de su defensa técnica, conforme al procedimiento establecido en el Código Procesal Penal.
El caso expone el funcionamiento de un sistema de control institucional que involucra múltiples niveles del Estado: funcionarios aduaneros que detectan irregularidades en los sistemas de control, autoridades administrativas que instruyen sumarios y aplican sanciones económicas, y finalmente el Ministerio Público que analiza si los hechos pueden configurar delitos penales vinculados al contrabando y a la evasión de tributos.
En Paraguay, el contrabando sigue siendo una de las principales amenazas a la economía formal. No solo implica el ingreso ilegal de mercancías, sino también la pérdida de ingresos fiscales que financian servicios públicos esenciales. Por ello, la coordinación entre Aduanas, el Ministerio Público y el sistema judicial se ha convertido en una pieza clave de la política estatal para combatir estas prácticas.
La investigación en curso aún deberá atravesar varias etapas procesales. La imputación fiscal abre un período de seis meses de investigación para que el Ministerio Público reúna pruebas suficientes que permitan sostener una eventual acusación o, en su defecto, determinar la inexistencia de responsabilidad penal.
Mientras tanto, el expediente continúa su curso en los tribunales, en un caso que pone en evidencia la compleja intersección entre la fiscalización aduanera, el control penal y la lucha del Estado contra el contrabando y la evasión impositiva. En esa frontera difusa entre la irregularidad administrativa y el delito penal se libra, una vez más, una batalla clave para la integridad del sistema económico nacional.