La agente fiscal Claudelina Corvalán, en representación del Ministerio Público, obtuvo una condena de 5 años y 2 meses de pena privativa de libertad para Jorge Luis Toledo Ferreira, hallado culpable por el hecho punible de robo agravado.
La sentencia fue dictada este martes 5 de mayo, durante el juicio oral y público realizado en el Poder Judicial de Ciudad del Este. Durante la audiencia, la representación fiscal produjo numerosas pruebas documentales y testimoniales, con las que logró acreditar la existencia del hecho y la participación del acusado en calidad de autor material.
El Tribunal de Sentencia, presidido por la magistrada Evangelina Villalba, analizó los elementos incriminatorios. En consecuencia, resolvió aplicar la pena solicitada por el Ministerio Público.
De acuerdo con los antecedentes, el hecho ocurrió el 30 de mayo de 2025, alrededor de las 04:00 horas, en la vía pública del kilómetro 13 ½, lado Monday, de Minga Guazú. En esa ocasión, el acusado se desplazaba a bordo de una motocicleta, sin chapa, tipo para dama, acompañado de otro cómplice no identificado. En un momento dado, interceptaron a Liz Mariana Díaz Fernández, quien circulaba en una motocicleta marca Leopard, modelo GSX 150, de color rojo, con chapa N.º 678 BYR.
Seguidamente, el hoy condenado y su acompañante intimidaron a la víctima con un arma blanca, tipo cuchillo, con la intención de despojarla de su biciclo. Sin embargo, no lograron consumar el hecho debido a la resistencia opuesta por la afectada, huyendo del lugar. Posteriormente, en el curso de la huida, interceptaron a Darío Omar Cardozo Leiva, a quien amenazaron con el mismo tipo de arma.
Seguidamente, lograron despojar a la segunda víctima de un aparato celular de la marca Samsung, modelo A21 S, así como de dinero en efectivo, para luego huir del sitio. No obstante, mediante la rápida reacción de vecinos de la zona, el acusado fue interceptado y aprehendido, encontrándose en su poder el teléfono celular perteneciente a la víctima, mientras que su acompañante logró darse a la fuga.
El hecho fue calificado como robo agravado, previsto en el artículo 167, inciso 1, numeral 2 del Código Penal, en concordancia con el artículo 29 del mismo cuerpo legal. En base a estos elementos, el Tribunal concluyó la responsabilidad penal de Jorge Luis Toledo Ferreira y dictó la condena de 5 años y 2 meses de pena privativa de libertad.