La agente fiscal Estela Mary Ramírez, titular de la Unidad Penal N° 3 de Ciudad del Este, presentó imputación contra una ciudadana brasileña de 19 años por la presunta comisión del hecho punible de hurto de un sello notarial. Asimismo, la representación pública solicitó la prisión preventiva de la joven, quien se dedica a la asesoría migratoria, considerando la falta de arraigo derivada de su condición de extranjera.
Según la investigación, el hecho se produjo el pasado 25 de mayo, alrededor de las 09:45 horas, en el interior de la Escribanía Amarilla, ubicada en las calles Policías Mártires de Curuguaty casi Rogelio Benítez, del barrio Boquerón de Ciudad del Este.
En la ocasión, la sindicada llegó al lugar y solicitó la autenticación de documentos. Posteriormente ingresó a la oficina del escribano, con quien conversó por un momento, y ante el descuido del mismo, la encausada se habría apoderado de su sello personal, utilizado para escrituras públicas y certificaciones de firmas.
Una vez que el escribano se percató de la desaparición del instrumento de autenticación, se procedió a la verificación de las imágenes del circuito cerrado de la oficina, en las que se observa a la sospechosa apoderándose del objeto. Tras las averiguaciones, la hija de la escribana logró localizar a la presunta responsable en la Oficina Regional de Migraciones.
Allí se confirmó que la sindicada habría entregado el objeto sustraído a su patrona, quien posteriormente decidió devolverlo de manera voluntaria a su propietario. Mientras tanto, la joven fue aprehendida por efectivos policiales y quedó a disposición del Ministerio Público.
La Fiscalía sostiene que existen suficientes elementos de sospecha sobre la presunta comisión del hecho punible de hurto atribuido a la ahora imputada, basándose en la nota policial, el acta de procedimiento policial, el acta de denuncia, el acta de recepción de evidencias y las imágenes extraídas del circuito cerrado que registrarían el momento del hecho.
Por lo tanto, la fiscal Estela Ramírez solicitó la aplicación de la medida cautelar de prisión preventiva, argumentando la existencia de elementos de convicción suficientes sobre la participación de la encausada, así como el cumplimiento de los presupuestos previstos en el artículo 242 del Código Procesal Penal.
Además, tuvo en cuenta la naturaleza del hecho investigado y las condiciones particulares del caso, especialmente que la imputada es de nacionalidad brasileña y no tendría arraigo en el país, lo que, a criterio de la representación fiscal, incrementa el riesgo de fuga.