Ministerio Público expone preocupantes cifras de Abuso sexual en niños, violación del deber de cuidado o educación, maltrato de niños y adolescentes bajo tutela para evidenciar las causas más sensibles en Paraguay
El Observatorio del Ministerio Público identificó tres hechos punibles especialmente sensibles para visibilizar las distintas formas de vulneración que afectan a niños, niñas y adolescentes en Paraguay. El análisis busca reflejar los graves daños físicos, psicológicos y emocionales que sufren las víctimas, así como alertar sobre las consecuencias que estos hechos pueden tener en su desarrollo integral. Para ello, se estudiaron las denuncias ingresadas en las oficinas de atención del Ministerio Público entre los años 2022 y abril de 2026.
Estas causas constituyen algunos de los principales desafíos investigativos para la institución. Sin embargo, la limitada disponibilidad de recursos humanos y presupuestarios dificulta brindar una respuesta integral a las víctimas. En ese sentido, la incorporación de más profesionales psicólogos y trabajadores sociales representa una necesidad urgente para fortalecer la labor del Centro de Atención a Víctimas (CAV) y las unidades fiscales.
Abuso sexual en niños
El abuso sexual en niños encabeza la clasificación de los hechos punibles analizados, con un total de 15.376 denuncias registradas entre 2022 y el primer cuatrimestre de 2026.
Las cifras reflejan una problemática persistente. En 2022 se investigaron 3.814 denuncias; en 2023, 3.564; en 2024, 3.551; y en 2025, 3.408 casos. En tanto, entre enero y abril de 2026 ya se abrieron 1.039 causas por este delito.
El abuso sexual en niños comprende cualquier acto de carácter sexual realizado contra un niño, niña o adolescente por parte de un adulto o de una persona que se aprovecha de una situación de superioridad, confianza o poder, vulnerando su libertad e integridad sexual.
¿En qué consiste este hecho punible?
Tocamientos o manoseos de carácter sexual, con o sin contacto directo sobre el cuerpo.
Obligar, inducir o manipular al niño para realizar actos sexuales sobre sí mismo o sobre terceros.
Exhibición de genitales o realización de actos sexuales ante un niño con fines sexuales.
Exposición de niños a material pornográfico o a actividades sexuales.
Producción, difusión o posesión de material de abuso sexual infantil.
Utilización de niños para la elaboración de contenido sexual o pornográfico.
Captación o propuestas con fines sexuales a través de internet, redes sociales o medios electrónicos.
Cualquier acto sexual realizado mediante coerción, engaño, manipulación o aprovechamiento de la vulnerabilidad de la víctima.
Departamentos con mayor incidencia
Asunción, Central, San Pedro, Caaguazú, Itapúa y Alto Paraná.
Violación del deber de cuidado o educación
Durante el periodo analizado, el Ministerio Público recibió 9.979 denuncias por violación del deber de cuidado o educación en distintos puntos del país.
Las estadísticas muestran una tendencia creciente. En 2022 se registraron 1.859 denuncias; en 2023, 2.093; en 2024, 2.315; y en 2025, 2.706. En el primer cuatrimestre de 2026 ya se investigan 1.006 denuncias.
Esta figura penal tiene como finalidad proteger el desarrollo físico, emocional, educativo y social de niños, niñas y adolescentes, así como de otras personas que dependan legalmente del cuidado de terceros.
¿En qué consiste este hecho punible?
Abandono de menores sin la supervisión adecuada.
Desatención de necesidades básicas como alimentación, salud, higiene o vestimenta.
Negación o impedimento del acceso a la educación obligatoria.
Falta de atención médica necesaria cuando el responsable está en condiciones de proveerla.
Exposición del niño o adolescente a situaciones de peligro físico o psicológico.
Permitir o tolerar el consumo de alcohol, drogas u otras sustancias nocivas por parte de menores.
Permitir que menores frecuenten ambientes peligrosos o inapropiados para su edad.
Omitir la protección frente a situaciones de violencia, abuso o explotación conocidas por el responsable.
Utilizar a niños o adolescentes en actividades que afecten su desarrollo integral, como trabajos peligrosos o actividades ilícitas.
Departamentos con mayor incidencia
Asunción, Central, Concepción, San Pedro, Caaguazú, Itapúa y Alto Paraná.
Maltrato de niños y adolescentes bajo tutela
El maltrato de niños y adolescentes bajo tutela constituye otro de los hechos punibles que presenta una tendencia preocupante. Entre 2022 y abril de 2026 se investigaron 6.897 denuncias relacionadas con esta figura penal.
En 2022 ingresaron 1.452 denuncias; en 2023, 1.568; y en 2024 se registraron 1.623 casos. Entre enero y abril de 2026 se contabilizaron 571 denuncias.
El maltrato de niños y adolescentes bajo tutela comprende toda acción u omisión ejercida por padres, tutores, guardadores o responsables que vulnere la integridad física, psicológica o emocional de un menor de edad. El Código de la Niñez y la Adolescencia prohíbe expresamente el uso de castigos físicos y de tratos crueles, inhumanos o degradantes como método de corrección.
¿En qué consiste este hecho punible?
Maltrato físico: golpes, quemaduras, sacudidas, castigos corporales u otras agresiones que provoquen lesiones o sufrimiento.
Maltrato psicológico o emocional: insultos, humillaciones, amenazas, rechazo, intimidación o conductas que afecten la autoestima y el bienestar emocional.
Negligencia o abandono: falta de alimentación, atención médica, higiene, supervisión o protección adecuadas.
Explotación: utilización del niño o adolescente para obtener beneficios económicos o realizar actividades inapropiadas para su edad.
Exposición a situaciones de riesgo: permitir o tolerar violencia, consumo de drogas, actividades delictivas u otros entornos perjudiciales.
Departamentos con mayor incidencia
Asunción, Central, San Pedro, Caaguazú, Alto Paraná y Presidente Hayes.