El fiscal Edgar
Torales Gamarra imputó por Homicidio Doloso Eventual al conductor de una
camioneta, quien supuestamente en estado de ebriedad habría cruzado la luz roja
del semáforo y arrollado a un joven motociclista, quien falleció poco después.
Se trata de José Enrique Sosa Ciotti
(39), quien se encuentra privado de su libertad en una dependencia de la
Dirección de Policía de Alto Paraná. El representante del Ministerio Público
igualmente solicitó la prisión preventiva del encausado.
El percance fatal se
produjo este 10 de julio último, a las 19:20 aproximadamente, en el barrio
Boquerón de Ciudad del Este. En la oportunidad, falleció Lucas Emmanuel Evers
Bazán al sufrir múltiples lesiones.
Según la
investigación, el joven circulaba a bordo de su motocicleta, de la marca
Leopard, de color azul, y al llegar a la intersección con la avenida Bernardino
Caballero, y observando que el semáforo daba verde, intentó cruzar la arteria
para tomar la avenida Rogelio Benítez. En ese momento, fue embestido por una
camioneta Land Cruiser, de color azul, guiada por Sosa Ciotti, que circulaba en
sentido Presidente Franco a Ciudad del Este.
La camioneta
arrastró por unos 70 metros al biciclo y a la víctima, quien sufrió lesiones
severas, siendo seguidamente auxiliada y traslada por los bomberos voluntarios
hasta el Hospital de Traumas, donde falleció por la gravedad de las
heridas.
Conforme con el
escrito fiscal, Sosa Ciotti circulaba a gran velocidad a bordo de su camioneta,
estando en estado de ebriedad y sin respetar la luz roja. El conductor dio
positivo al alcotest, arrojando 0,42 mg/l, según la prueba realizada por
personal de la Patrulla Caminera.
Tras reunir los
primeros elementos incriminatorios, el fiscal Edgar Torales dispuso el
procesamiento del responsable del accidente fatal y requirió al Juzgado Penal
de Garantías número 6, a cargo de Dólica Giménez, que convierta en prisión su
detención preventiva.
FUNDAMENTO
DE LA IMPUTACIÓN POR HOMICIDIO DOLOSO EVENTUAL
El fiscal Edgar
Torales realizó una fundamentación del por qué imputó a Sosa Ciotti por
Homicidio Doloso Eventual, señalando lo siguiente: «Es sabido que en
doctrina y jurisprudencia el dolo, como elemento subjetivo de la tipicidad,
reconoce tres especies: El dolo directo o de primer grado, el dolo indirecto o
de segundo grado y el dolo eventual. En el dolo directo, el sujeto tiene como
objetivo o finalidad el resultado descripto en el tipo penal, es decir, quiere
el resultado (matar o robar). En el dolo indirecto, llamado también de
consecuencia necesaria, el sujeto aunque no persigue ese resultado, éste es
necesario para lograr el objetivo propuesto en el dolo de primer grado. En el
dolo eventual, el sujeto ciertamente no persigue el resultado descripto en el
tipo penal, pero tiene como probable la producción del resultado, sin embargo,
es indiferente a las consecuencias de su conducta».
El escrito añade
además, que «en el caso que nos ocupa, conforme a las investigaciones
preliminares, tal como señala el informe policial, el imputado estaba bajo los
efectos del alcohol conduciendo un vehículo automotor, por tanto, sin estar en
condiciones fisiológicas para hacerlo,
debiendo el mismo conocer que en tal circunstancia podía ocasionar un siniestro
vial o causar la lesión o muerte de otra persona, tal como efectivamente
ocurrió».
«Por otra
parte, a más de la situación dada, el disvalor de la conducta del imputado se
agrava, pues el mismo cruzó el semáforo en rojo, a sabiendas de que
necesariamente del otro lado de la avenida el conductor tiene el semáforo en
verde, lo que le permite circular libremente, sin embargo, fue indiferente a
este peligro», resalta el fiscal Torales en la fundamentación de la
imputación.