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Directora Jurídica tiene todos los elementos, pero no remite caso de la planillera Adela Acuña a la Fiscalía

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Y no es la primera vez que Radio Concierto muestra con detalles en este y otros casos. Lo cierto es que la Directora Jurídica de la Municipalidad de Ciudad del Este sigue cajoneando el caso de la planillera de la Municipalidad de Ciudad del Este ADELA FIDELINA ACUÑA GUILLÉN, sobre quien la Interventora Carolina Llanes había ocupado una parte importante de su informe final.

Son documentos importantes que obran en poder de la Asesoría Jurídica, y que muestran cómo esta planillera del clan Zacarías cobró salarios durante 5 años sin prestar servicio a la institución municipal. En el informe de la Intervención, se señala claramente que con respecto a la funcionaria con Código 1894, ACUÑA GUILLEN ADELA FIDELINA, con C.I. N° 3.846.782, se ha realizado una mayor investigación y se ha solicitado cuanto sigue: “Según informe de R.R.H.H. la funcionaria pertenece al juzgado de faltas, 2da sala. La ficha de la funcionaria Adela Fidelina Acuña Guillen, muestra muchos espacios blancos, por lo que solicitamos un informe a la Dirección de Recursos Humanos, la cual reportó: “La funcionaria permanente Adela Fidelina Acuña, fue contratada en fecha 04/04/2003, dependiente de la división de Tasas Especiales y Contribuciones como Auxiliar Administrativo, luego fue designada según resolución 195 I.M. de la fecha 13/02/2007 como secretaria interina del Juzgado de 3era sala”.

Luego fue nombrada según I.M. 1428 de fecha 26-11-2003 como oficial de secretaria de 3era sala, y por último fue trasladada en el juzgado de falta 2da sala, como secretaria interina en la fecha 10-09-2007. El informe se encuentra suscripto por la Señora Victoria Maciel de González, y el Director de Recursos Humanos Abg. Catalino Villalba”, señala el informe final.

Agrega además que “En el legajo de la funcionaria, se observa una nota de fecha 03 de enero del 2019, en la cual la funcionaria Adela Acuña solicitó usufructo de vacaciones correspondientes al periodo 2017, con fecha de inicio 8 de enero de 2019, pero en la parte inferior de dicha nota obra la providencia de la Sección Legajos que dice: ‘Según verificación de legajo… no corresponde’, así mismo lo refrenda el Jefe de Personal de R.R.H.H. Señor Rodolfo Gaona”.

“Por lo expuesto al señora Adela Fidelina Acuña Guillen, con cod. 1894, debió haber estado en su lugar de trabajo, ya que su solicitud de vacaciones fue rechazada. Según verificación in situ del juzgado de faltas: Se realizó una verificación in situ, en el juzgado de faltas a fin de consultar sobre la asistencia de la funcionaria Adela Fidelina Acuña Guillen, con cod. 1894, con C.I. Nº 643.025., en donde la jefa Marian Giménez Abogada y Notaria, Jueza de Faltas Municipales, manifestó que”:
“EN EL JUZGADO DE FALTAS NO VIENE A TRABAJAR HACE APROXIMADAMENTE 5 AÑOS” (la mayúscula es nuestra). Según planilla de pagos de figura en Asesoría jurídica: Se verificó la planilla denominada Control de Tarjetas y Planillas para la liquidación de haberes del mes de noviembre de 2018, el código 1894 Fidelina Acuña Guillen, figura como perteneciente al sector de Asesoría Jurídica”.

“4.1- Diferencias entre informe de RRHH y planilla de liquidación de haberes: Al comparar el primer informe con el segundo, existen diferencias en cuanto al lugar donde presta servicio la funcionaria Fidelina Acuña Guillen. SEGÚN INFORME DE LA ASESORIA JURÍDICA A LA INTERVENCIÓN, NO ES FUNCIONARIA DE ESA DEPENDENCIA (la mayúscula es original)”.

“A pedido de la Intervención todas las dependencias informaron los funcionarios que tenían a su cargo y las funciones que cumplían cada uno de ellos, la Asesoría Jurídica, no informo entre sus funcionarios a la funcionaria Adela Fidelina Acuña Guillen. De todo lo antes mencionado SE PUEDE CONCLUIR QUE LA FUNCIONARIA NO CUMPLE FUNCIONES NI EN EL JUZGADO DE FALTAS EN LOS ÚLTIMOS AÑOS, NI EN R.R.H.H, NI EN LA ASESORÍA JURÍDICA” (la mayúscula es nuestra).

“4.2 Percibió salarios en los últimos años sin cumplir funciones. Según Memorándum R.R.H.H. N°005/2019 de fecha 21 de enero del 2019, la Dirección de R.R.H.H. informó que la señora ADELA FIDELINA ACUÑA GUILLEN, en los últimos 5 años estuvo percibiendo en concepto de salario mensual la suma de G. 2.900.000 hasta la fecha como única remuneración. Por lo expuesto la funcionaria ADELA FIDELINA ACUÑA GUILLEN. Cobro en 5 (cinco) años sin tener evidencias de prestar servicios, la suma de G. 174.000.000 (ciento setenta y cuatro millones)”.
“4.3 Recomendación. Sobre la base del presente informe recomendamos SE TOMEN LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS VÍA SUMARIOS, CONTRA LOS FUNCIONARIOS INVOLUCRADOS EN LA INASISTENCIA Y EN EL APAÑAMIENTO; Y EN SU CASO, SE FORMULE LA DENUNCIA CORRESPONDIENTE POR COBRO INDEBIDO DE HONORARIOS, PREVISTO EN EL ART. 313 DEL C. PENAL.

Con todo esto, la Directora Jurídica de la Municipalidad de Ciudad del Este guarda el expediente, mientras la planillera se sigue burlando de los contribuyentes, cobrando su salario sin trabajar, y renovando permisos y vacaciones cuando se le plazca.

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