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REGIONALES

Jueces explican que población de menores privados de su libertad es fluctuante

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Los jueces penales de la Adolescencia, María Luisa Añazco y Marino Méndez Hermosilla explicaron que la población de adolescentes internos del Centro Educativo de Menores es muy fluctuante, pues el plazo de prisión preventiva tiene un máximo de 3 meses y el director de la institución, Osvaldo Zaracho, informa a ambos juzgados para su revisión.

El juzgado del primer turno, a cargo de Marino Méndez tiene 10 recluidos y el que está a cargo de la jueza María Luisa Añazco tiene 7 procesados a su cargo. Además, recordaron que existe un protocolo entre la Corte Suprema de Justicia y el Ministerio de Justicia, que se deben revisar de oficio, incluso las prisiones preventivas de adolescentes, por la alta vulnerabilidad de los procesados adolescentes.

Explicaron que la baja tasa de condenados se debe a que los adolescentes en su mayoría no son condenados a penas privativas de libertad sino en primer lugar a medidas socioeducativas o correccionales y sólo excepcionalmente a prisión.

Además, que el 80% de los casos terminan con otras salidas procesales q son propias del fuero como la remisión a programas comunitarios y solo van a juicios orales los casos graves.

De acuerdo al listado del Centro Educativo de Menores, los internos son 3 de Hernandarias, 3 de Santa Rita, 1 de Itakyry, 1 de Minga Pora, 2 de San Alberto, junto a los demás que están a cargo de los dos juzgados penales de la adolescencia de Ciudad del Este.

Igualmente, menores que son de la Circunscripción Judicial de Canindeyú están en el Centro Educativo del km. 9 Acaray de la capital del Alto Paraná. De Saltos del Guairá son 8 y de Katueté 2, a cargo del Juzgado de Ejecución están 3 condenados y 2 jóvenes recuperaron su libertad en las últimas horas.

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REGIONALES

«12/8»: Instan a controlar la presión arterial

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El 17 de mayo se conmemora el Día Mundial de la Hipertensión Arterial, una fecha que busca promover la concienciación y los esfuerzos para prevenir, diagnosticar y controlar la hipertensión arterial, condición que constituye el principal factor de riesgo de enfermedades cardio-cerebrovasculares.

La hipertensión arterial, también conocida como “presión alta”, se caracteriza por la elevación persistente de la presión arterial a cifras iguales o mayores de 140/90 mmHg. Cada año, más de 10 millones de vidas se pierden debido a la hipertensión arterial, y solo aproximadamente el 50 % de las personas afectadas son conscientes de que padecen esta condición.

La Sociedad Internacional de Hipertensión Arterial, en su afán de ayudar a concientizar a la población sobre los riesgos de la hipertensión, desde el año 1917, determinó que el quinto mes del año sea conocido como: “Mayo, mes de la medición (MMM)”. Esta iniciativa busca aumentar la conciencia sobre los problemas de salud relacionados con la hipertensión, captar oportunamente a nuevos hipertensos, puesto que se trata de una enfermedad que no presenta síntomas, y someterlos a tratamiento para evitar futuras complicaciones y muertes asociadas a este factor de riesgo para la salud.

En dicho contexto, el Programa Nacional de Prevención Cardiovascular del Ministerio de Salud realizó una jornada de control de presión arterial, glicemia, cintura abdominal, consejos nutricionales, y actividades de promoción de estilo de vida y ambiente saludable en el polideportivo de la municipalidad de Villa Elisa. La jornada contó con la presencia de la Dra. Haydee Padilla por la OPS/OMS, la Dra. Ana Collante, directora de Coordinación de Hospitales Especializados, y la Dra. Graciela Gonzales, directora del Programa Nacional de prevención Cardiovascular, y otras autoridades locales.

En ese sentido, se enfatizó la importancia de mantener la presión arterial dentro de los rangos normales. Se instó a la población a realizarse un control periódico de la presión arterial para detectar en forma temprana si padece esta enfermedad, que es una de las enfermedades más dañinas y, a su vez, un factor de riesgo para el desarrollo de varias afecciones cardiovasculares, cerebrovasculares, renales, entre otros.

Así también, se recomendó reducir el consumo de la sal, realizar actividad física en forma regular y alimentarse saludablemente. Se aconseja el control de la presión arterial dos veces al año a personas que no padezcan esta enfermedad y las veces que sea necesario o según lo indique su médico a los hipertensos. El control de la presión arterial debe realizar toda persona que padezca de hipertensión y aquella que desconozca su nivel de presión arterial. Esta medición se debe efectuar incluso desde la niñez, a partir de los 3 años, principalmente los que presentan sobrepeso u obesidad o que cuenten con antecedentes familiares de hipertensión.

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REGIONALES

Realizan charla en escuela sobre prevención del dengue

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Desde la Dirección de Medio Ambiente, Higiene y Salubridad de la comuna de Santa Rita, en colaboración con SENEPA, se llevó una charla educativa en la Escuela Básica N 3.972 “Gral Andrés Rodríguez ” del Barrio Nueva Esperanza.

El objetivo principal de esta actividad fue concienciar a la comunidad educativa sobre la importancia de la prevención y los cuidados contra el dengue y la aplicación e importancia del reciclado de los residuos para el medioambiente.

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Julio César Careaga Vera designado director del Centro de Reinserción Social de Minga Guazú

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El ministro de Justicia, Ángel Ramón Barchini, emitió la Resolución No. 347 por la que designa a Julio César Careaga Vera como primer director del Centro de Reinserción Social de Minga Guazú.

El abogado Julio César Careaga Vera es funcionario del Ministerio de Justicia, con una antigüedad de 22 años. Egresado de la Facultad de Derecho UNA.
Realizó en México cursos en el sobre gestión e infraestructura penitenciaria.

Ocupó cargos administrativos en diferentes dependencias, entre ellos como coordinar del Servicio Nacional de Atención a Adolescentes Infractores (SENAI), director de Asuntos Internos y Anticorrupción, interventor de la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios y últimamente como director de Protección de Derechos Humanos en el Sistema Penitenciario.

A continuación se transcribe la mencionada resolución:

Resolución Nº 347

POR LA CUAL SE DAN POR TERMINADAS LAS FUNCIONES DEL SEÑOR JULIO CÉSAR CAREAGA VERA, COMO DIRECTOR DE PROTECCIÓN DE DERECHOS HUMANOS EN EL SISTEMA PENITENCIARIO DE LA DIRECCION GENERAL DE DERECHOS HUMANOS DEL VICEMINISTERIO DE JUSTICIA Y SE LO DESIGNA COMO DIRECTOR DEL CENTRO PENITENCIARIO DE REINSERCIÓN SOCIAL DE MINGA GUAZÚ DEPENDIENTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS DEL MINISTERIO DE JUSTICIA

Asunción, 17 de mayo de 2024

VISTO: La Nota MJ/DGEP N° 895/2024 del 03 de mayo de 2024, remitida por la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios. (Exp. N° 9479/24); y,

CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el Decreto Presidencial Nº 1796 del 19 de junio de 2014, artículo 10 inciso e) es atribución de la Máxima Autoridad Institucional “adoptar y aplicar las medidas políticas, técnicas y administrativas que correspondan para asegurar la aplicación eficiente de sus planes, políticas, programas y proyectos”; inciso l) “dictar las normas reglamentarias generales relativas al ámbito de su competencia legal y fiscalizar su cumplimiento”; e inciso m) “adoptar las medidas de administración, coordinación, supervisión y control necesarias para asegurar el cumplimiento de las funciones de su competencia”.

POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones legales;

EL MINISTRO DE JUSTICIA
RESUELVE:

Art. 1º.- DAR POR TERMINADAS las funciones del Señor JULIO CÉSAR CAREAGA VERA, con Cédula de Identidad Civil Nº 924.015, como Director de Protección de Derechos Humanos en el Sistema Penitenciario de la Dirección General de Derechos Humanos, dependiente del Viceministerio de Justicia de esta Institución, a partir de la presente fecha de la Resolución.

Art. 2º.- DESIGNAR al Señor JULIO CÉSAR CAREAGA VERA, con Cédula de Identidad Civil Nº 924.015, como Director del Centro Penitenciario de Reinserción Social de Minga Guazú, dependiente de la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios del Ministerio de Justicia, a partir de la presente fecha de la Resolución.

Art. 3º.- COMUNICAR a quienes corresponda y cumplido, archivar. –

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