Los jueces Herminio Montiel (presidente), Zunilda Martínez y Marino Méndez (miembros), condenaron a 2 años con suspensión a prueba de la ejecución de la condena a un hombre por incumplimiento del deber legal alimentario. La pena aplicada fue solicitada por el Ministerio Público, representado por la agente fiscal Carolina Rosa Gadea.
El juicio oral se realizó este jueves 10 de setiembre mediante la utilización de medios telemáticos. El sentenciado es Gustavo Ramón Núñez Caballero. Durante el debate declaró la madre de la víctima. Ésta actualmente ya es mayor de edad.
Según antecedentes, por Sentencia Definitiva Nº 61, de fecha 18 de febrero del 2011, se resolvía homologar el acuerdo entre las partes, ante la defensora pública Juana Teresita Martínez, que data del 13 de agosto de 2009. Dicha disposición judicial establecía el pago mensual de 250.000 guaraníes por la prestación alimentaria.
Posteriormente, por Sentencia Definitiva Nº 728, de 25 de setiembre de 2013, se resolvió aumentar el monto a 415.000 guaraníes, a ser abonados los primeros cinco días de cada mes.
Los datos refieren, que el dinero debía depositarse en una cuenta judicial habilitada en el Banco Nacional de Fomento (BNF). Sin embargo, según extracto emitido por la entidad bancaria, el hoy sancionado penalmente dejó de cumplir con su responsabilidad en reiteradas oportunidades, empeorando la condición de vida de su hija.
Este jueves su caso fue debatido por el Tribunal Colegiado, que lo encontró culpable por el hecho punible en cuestión y aplicó la pena requerida por la Fiscalía en su alegato final.
El hombre deberá abonar 500.000 guaraníes de forma mensual, por 24 meses. En caso de no pagar un mes su aporte, automáticamente deberá ser encarcelado y cumplir la pena de 2 años de prisión.